UN
ACCESORIO
DISEÑADO
PARA CREAR
UNA LEY

El impuesto rosa, también conocido como «impuesto a la mujer» o «impuesto de género», es un término que se utiliza para referirse a la práctica de cobrar precios más altos por productos similares dirigidos a mujeres en comparación con los productos equivalentes para hombres, especialmente en los de cuidado personal, pero también en los de tecnología, vestuario, deportes y juguetes.

Esta discriminación por género no es ética y vamos a cambiarla.

PROPÓSITO

Vamos a exigir a todas las candidatas y a todos los candidatos a la Presidencia y a la Asamblea Nacional del Ecuador, quienes serán electos el próximo 20 de agosto del 2023, que incluyan en su programa de gobierno una ley que elimine la discriminación de género por precio. Erradicando el impuesto rosa del país cuando sean electos.

8 MANDATORIOS
DE LA LEY

En Ecuador, a pesar de la existencia de normas constitucionales y leyes como la Ley de Regulación y Control de Poder de Mercado, que prevé, como conducta que constituye abuso de poder de mercado, la discriminación injustificada de precios, no se han puesto en marcha mecanismos ni políticas públicas efectivos, que permitan erradicar esta práctica abusiva del mercado contra las mujeres.

Por eso, exigimos a los candidatos políticos del Ecuador que se comprometan a incluir de manera explícita una ley que elimine el impuesto rosa, considerando los siguientes mandatorios:

1. CREAR UNA LEY

Crear una Ley específica que prohíba la discriminación de género por precios, cumpliendo el principio de un trato equitativo y no discriminatorio para las mujeres, prevaleciendo la garantía constitucional de igualdad, vinculada al género.

 

2. DEFINICIÓN DE DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO

Definición clara de la discriminación de género por precios y sus diferentes formas.

 

3. IGUALDAD DE PRECIOS

Establecimiento explícito de la igualdad de precios para productos y servicios equivalentes, sin importar el género del consumidor.

 

4. TRANSPARENCIA EN LOS PRECIOS

Obligación de las empresas de exhibir precios de forma transparente y no discriminatoria.

 

5. MECANISMOS PARA RECEPTAR DENUNCIAS

Creación de mecanismos para recibir denuncias de casos de discriminación de género por precios.

 

6. MONITOREO Y CONTROL

Establecimiento de mecanismos de monitoreo y control para asegurar el cumplimiento de la ley.

 

7. SANCIONES ESPECÍFICAS

Sanciones específicas para las empresas que incurran en esta práctica de discriminación por género, calificadas como falta muy grave equivalente a las multas de la Ley de Regulación y Control de Poder de Mercado en su artículo 69.

 

8. EDUCACIÓN Y SOCIALIZACIÓN

Implementación de programas educativos sobre la igualdad de género en el ámbito comercial e implementación de campañas de concientización sobre la igualdad de género en el ámbito comercial y ciudadano.

 

EXIJAMOS ESTA LEY

  • 20% 20%

FIRMAS RECOLECTADAS

CANDIDATOS EN LA CAUSA

  • 52% 52%

UN
ACCESORIO
DISEÑADO
PARA CREAR
UNA LEY

PROPÓSITO

Vamos a exigir a todas las candidatas y a todos los candidatos a la Presidencia y a la Asamblea Nacional del Ecuador, quienes serán electos el próximo 20 de agosto del 2023, que incluyan en su programa de gobierno una ley que elimine la discriminación de género por precio. Erradicando el impuesto rosa del país cuando sean electos.

El impuesto rosa, también conocido como «impuesto a la mujer» o «impuesto de género”, es un término que se utiliza para referirse a la práctica de cobrar precios más altos por productos similares dirigidos a mujeres en comparación con los productos equivalentes para hombres, especialmente en los de cuidado personal, pero también en los de tecnología, vestuario, deportes y juguetes.

Esta discriminación por género no es ética y vamos a cambiarla.

8 MANDATORIOS

DE LA LEY

En Ecuador, a pesar de la existencia de normas constitucionales y leyes como la Ley de Regulación y Control de Poder de Mercado, que prevé, como conducta que constituye abuso de poder de mercado, la discriminación injustificada de precios, no se han puesto en marcha mecanismos ni políticas públicas efectivos, que permitan erradicar esta práctica abusiva del mercado contra las mujeres.

Por eso, exigimos a los candidatos políticos del Ecuador que se comprometan a incluir de manera explícita una ley que elimine el impuesto rosa, considerando los siguientes mandatorios:

1. CREAR UNA LEY

Crear una Ley específica que prohíba la discriminación de género por precios, cumpliendo el principio de un trato equitativo y no discriminatorio para las mujeres, prevaleciendo la garantía constitucional de igualdad, vinculada al género.

2. DEFINICIÓN DE DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO

Definición clara de la discriminación de género por precios y sus diferentes formas.

3. IGUALDAD DE PRECIOS

Establecimiento explícito de la igualdad de precios para productos y servicios equivalentes, sin importar el género del consumidor.

4. TRANSPARENCIA EN LOS PRECIOS

Obligación de las empresas de exhibir precios de forma transparente y no discriminatoria.

5. MECANISMOS PARA RECEPTAR DENUNCIAS

Creación de mecanismos para recibir denuncias de casos de discriminación de género por precios.

 

 

6. MONITOREO Y CONTROL

Establecimiento de mecanismos de monitoreo y control para asegurar el cumplimiento de la ley.

 

7. SANCIONES ESPECÍFICAS

Sanciones específicas para las empresas que incurran en esta práctica de discriminación por género, calificadas como falta muy grave equivalente a las multas de la Ley de Regulación y Control de Poder de Mercado en su artículo 69.

 

8. EDUCACIÓN Y SOCIALIZACIÓN

Implementación de programas educativos sobre la igualdad de género en el ámbito comercial e implementación de campañas de concientización sobre la igualdad de género en el ámbito comercial y ciudadano.

 

EXIJAMOS ESTA LEY

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  • 20% 20%

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